Ayudas para el cambio de ventanas en la Comunidad de Madrid
Desde Iberlum queremos informar a nuestros clientes qué ya pueden disfrutar de las ayudas del Fondo Europeo Next Generation para el cambio de sus ventanas.
El Fondo de Recuperación Next Generation EU es un instrumento de emergencia puntual y de duración limitada utilizado exclusivamente para medidas de respuesta y recuperación.
En la Comunidad de Madrid se realiza el reparto de las ayudas siguiendo lo establecido en su estrategia para la recuperación y resiliencia. Han anunciado la puesta en marcha de los fondos Next Generation para la realización de reformas en viviendas y edificios, siguiendo varios programas que tienen como objetivo impulsar el sector de la construcción y ayudar a la población a mejorar la eficiencia energética de sus viviendas.
Actualmente los fondos tienen una vigencia en la Comunidad de Madrid hasta el 30 de Junio de 2023.
Las ayudas se reparten en varios programas, dentro de los cuales nos interesan dos:
– Programa 3 – Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
– Programa 4 – Programa de ayuda a las actuaciones de eficiencia energética en viviendas
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Pueden beneficiarse de las ayudas los siguientes usuarios:
– Propietario (persona física o jurídica) de vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila o edificios de tipología residencial colectiva (programas 3 y 4);
– Arrendatario de vivienda (Programa 4);
– Comunidad de Propietarios o Agrupación de Comunidades de Propietarios (Programa 3);
– Propietarios Agrupados (Programa 3);
– Empresa explotadora, arrendataria o concesionaria de edificio (Programa 3);
– Sociedades cooperativas (Programa 3).
¿Qué obras y actuaciones se consideran subvencionables?
Son consideradas obras y actuaciones subvencionables todas aquellas que mejoren la eficiencia energética, por lo que se debe alcanzar los siguientes ahorros:
– Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética (Programa 3)
– Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:
un 35% en zonas climáticas D y E
un 25% en zona climática C
(Programa 3)
– Se consiga una reducción de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración de al menos un 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% (Programa 4)
– Las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar su características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en el CTE (Programa 4)
Requisitos de los edificios y viviendas para los que se pedirá la subvención
Entre los varios requisitos que se debe cumplir para solicitar la ayuda, los más destacados son:
– Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar o memoria suscrita por técnico competente cumpliendo los requisitos de la orden de la convocatoria.
– Es imprescindible que constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o usufructuarios.
¿Cómo calcular el valor de las ayudas?
Las ayudas de los Fondos Next Generation están principalmente destinados a la rehabilitación energética en viviendas con un coste mínimo de 1.000 euros, con ayuda del 40% con un máximo de 3.000 euros por sustitución de elementos de fachada de acuerdo al código técnico de la edificación (CTE) (En nuestro caso, ventanas con un valor de transmitancia térmica Uh igual o inferior a 1,8 W/m2K, que es el requisito para la zona climática D3 donde nos encontramos).
La ayuda la tiene que gestionar el propietario de inmueble (el cual debe de ser vivienda habitual). Para tramitar la ayuda es más que recomendable, por no decir casi imprescindible, la ayuda de un gestor de tramitación energética. Dicho gestor se encargará de realizar un certificado de eficiencia energética (CEE) inicial y de solicitar al propietario toda la documentación necesaria para la solicitud de las ayudas (Licencia de obra, nota simple registro de la propiedad, etc.) y de hacer un segundo CEE con la situación resultante tras las actuaciones acometidas.
Independientemente de la ayuda a fondo perdido que no hay que declarar en renta, del 40% con un máximo de 3.000 euros, si entre el CEE inicial y el CEE final, los valores registrasen una reducción de al menos el 7% de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración, se tendrá derecho a una desgravación fiscal del 20% con un máximo de 1.000 euros, del importe de las facturas de los elementos de mejora energética incluso los honorarios del gestor energético, restando las ayudas recibidas.
Os proporcionamos un ejemplo práctico:
Factura Ventanas Uh>= 1,8 W/m2K ————————- 6.000 euros + IVA = 7.260 euros
Factura Gestor Tramitación Energético ——————— 500 euros + IVA = 605 euros
Ayuda 40% ——————————————————— 40% de 7.865 euros = 3.146 euros (Máximo 3.000 euros)
Resultante ——————————————————— 7.865 – 3.000 = 4.865 euros
Más, si mejora 7% ahorro … en Renta ——————— 20% de 4.685 euros = 937 euros
TOTAL AHORRO ————————————————- Coste de 3.937 euros en lugar de 7.865 euros. Ahorro 3.928 euros
** El máximo de ahorro sería de un 52% con 4.000 euros de Ahorro